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JURISPRUDENCIADefensa del consumidor. Tarjeta de crédito. Comisiones bancarias. Principio de buena fe. Cláusula abusiva. Deber de información
Se hace lugar a la demanda interpuesta por la asociación de consumidores actora y se condena a la entidad bancaria a devolver a los usuarios los importes que el banco emisor haya cobrado por la comisión en concepto de “exceso de límite de compra” en su tarjeta de crédito. Para decidir así, el tribunal explicó que la entidad bancaria no acreditó la existencia de un servicio efectivo y concreto que se prestase bajo el rótulo “exceso de límite de compra” a los fines de percibir una comisión. Por ello, dicho cobro configuró una conducta abusiva de la demandada violatoria del deber de buena fe e información que debe primar en toda relación de consumo.
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