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JURISPRUDENCIAExilio forzoso. Ley 24.043
Se rechaza el recurso deducido por el actor, pues no se advierte que la resolución ministerial atacada cercene derecho alguno a la peticionaria, ya que dicho acto administrativo concedió la reparación pretendida de la ley 24.043, limitándose solo a disponer que la Dirección de Gestión de Políticas Reparatorias de la Secretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural recabara mayor información, necesaria para determinar con precisión el período indemnizable y, así, alcanzar la verdad jurídica objetiva en el caso.
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