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JURISPRUDENCIADaños y perjuicios. Accidente de tránsito. Motocicleta. Prioridad de paso
Se revoca la sentencia que rechazó la demanda de daños y perjuicios, pues surge probada la interposición del auto conducido por la demandada en la línea de marcha de la motocicleta, ya que el conductor de esta tenía una clarísima prioridad de paso derivada de su circulación por la rotonda, sumado a que la conductora del automóvil ingresaba en aquella arteria desde una calle secundaria, reforzándose de ese modo aquella prioridad legal con una específica señal de ceder el paso.
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