Tiempo estimado de lectura 13 minutos
Mis documentos Documentos Relacionados
JURISPRUDENCIADespido. Presunción legal. Relación de trabajo. Parentesco. Prueba testimonial
Se confirma la sentencia que tuvo por acreditada la existencia de la relación de trabajo denunciada, en tanto del hecho de que el actor y el demandado tengan una relación de parentesco no obsta que la prestación de servicios haya quedado acreditada mediante la prueba testifical y activa la presunción del artículo 23 de la Ley de Contrato de Trabajo, que no fue desvirtuada por la demandada. En ese sentido, se aclaró que la relación de tío – sobrino no resulta suficiente para desvirtuar la existencia de una relación de trabajo.
Para continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.