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JURISPRUDENCIAAccidente de tránsito. Moto. Prioridad de paso. Incapacidad sobreviniente. Cuantificación del daño. Fórmulas matemáticas
Se confirma la sentencia que distribuyó la responsabilidad entre la moto y el automotor, protagonistas de un accidente de tránsito, atribuyéndose un 40% a la actora y un 60% a la camioneta, al quedar evidenciado que la inconducta del demandado al circular sin haber advertido la presencia del otro rodado -con la visión disminuida y en condiciones climáticas desfavorables, y no obstante haber transitado por la derecha- contribuyó causalmente a producir el siniestro, ya que sin soslayar la importancia y significación que tiene la regla de prioridad de paso no puede constituirse en un bill de indemnidad que habilite a quien goce de paso preferente a desatenderse por completo de los deberes que impone la circulación vial.
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