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JURISPRUDENCIAAcción de amparo. Admisibilidad. Derecho a la salud. Portador de HIV. Cobertura médica
Se hace lugar a la acción de amparo interpuesta por el actor -portador de HIV- y se condena a la empresa de medicina prepaga a su inmediata reincorporación a su plan de salud, en tanto no se probó la ausencia de buena fe del actor al momento de completar la declaración jurada de salud, requisito indispensable para que la accionada pudiera ejercer la facultad de resolver con justa causa el contrato de salud, por aplicación del art. 9 inciso 2 punto “b” del Decreto Reglamentario Nº 1993/2011 de la Ley 26682.
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