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JURISPRUDENCIAAcción de amparo. Derecho a salud. Asistencia al menor por parte de su obra social. Provisión de audífonos
Se hace lugar a la medida cautelar, ordenando a la obra social que provea al menor los audífonos prescriptos por su médico tratante y el reintegro de las sumas correspondientes por gastos, con fundamento en la protección al derecho a su salud conforme a lo previsto por el art. 24 de la Convención sobre los Derechos del Niño, la cual resulta de aplicación obligatoria en los términos del art. 2 de la Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.
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