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JURISPRUDENCIAAcción de filiación. Impugnación. Maternidad. Gestación por sustitución. Tratamiento de fertilización asistida. Voluntad procreacional
Se hace lugar a la acción por impugnación de maternidad y filiación interpuesta por los actores, quienes, mediante la técnica de reproducción humana asistida de “gestación por sustitución”, tuvieron un hijo que fue gestado en el vientre de una amiga de la pareja y con donación de óvulo. Para decidir así, el juez interviniente interpretó que, si bien la “gestación por sustitución” fue eliminada del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, no fue prohibida. Por ello, y conforme al principio de legalidad en virtud del cual todo lo que no está prohibido está permitido (art. 19, CN), se entendió que la gestación por sustitución cuenta con recepción implícita en el nuevo ordenamiento ya que la falta de mención expresa de este tipo de TRHA no implicó su prohibición.
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