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JURISPRUDENCIAContrato de cesión. Conformidad del deudor cedido. Legitimación. Boleto de compraventa. Escrituración
Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la excepción de falta de legitimación deducida por la accionada y, en consecuencia, rechazó la demanda de cumplimiento de contrato y escrituración deducida pues se consideró que a partir del momento en que el accionante notificó a la demandada la cesión en favor del actor del boleto de compraventa oportunamente celebrado, el cedente habría perdido la legitimación para reclamar el cumplimiento y escrituración del inmueble enajenado, lo que solo podría ser reclamado por el cesionario, quien no ha tomado intervención en las actuaciones.
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