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JURISPRUDENCIAContrato de seguro. Prescripción liberatoria. Objeto. Definición. Cómputo. Plazo
Se rechaza la excepción de prescripción liberatoria interpuesta por la demandada, pues no transcurrió el plazo de un año fijado por la ley de seguros entre el rechazo del siniestro denunciado y la promoción de la demanda (art. 58 ley 17418). El tribunal destacó que en los contratos de seguros el plazo de prescripción debe computarse desde que la acción puede ejercerse, y esa situación se configura en casos como el examinado, cuando el asegurador se pronunció rechazando el siniestro y no desde el hecho.
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