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JURISPRUDENCIAContrato de trabajo. Despido con causa. Persona jurídica. Responsabilidad solidaria. Inoponibilidad
Se hace lugar a la demanda por despido arbitrario interpuesta por la trabajadora, quien se desempeñara como colorista en el centro de belleza demandado, atento a que la empleadora no logró acreditar que la dependiente haya tenido un comportamiento hostil con su compañeros, ni que haya ejercido presión sobre las clientas para que la elijan como colorista. Por otro lado, se extiende la responsabilidad solidaria contra los socios gerentes, toda vez que se interpretó que el accionar de los mismos frustró los derechos del trabajador.
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