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JURISPRUDENCIAContrato de trabajo. Multas. Indemnización. Responsabilidad solidaria. Embajada extranjera
Se hace lugar a la demanda por despido interpuesta por el trabajador y se extiende la responsabilidad solidaria a la Embajada de Brasil en la Argentina, pues esta última decidió por motivos políticos disolver la fundación empleadora del accionante, y dicha circunstancia no configuró una situación de fuerza mayor sino una voluntad de cambiar una estructura en la actividad de difusión y fomento de la lengua y cultura del país vecino, cuya consecuencia no puede recaer en los trabajadores como el actor.
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