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JURISPRUDENCIADaños y perjuicios. Defensa del consumidor. Accidente. Entidad bancaria. Deber de seguridad
En el marco de una acción de daños y perjuicios derivados del accidente sufrido por la actora al entrar en una entidad bancaria, se revoca la sentencia haciéndose lugar a la demanda promovida, pues el demandado, además de proveer bienes y/o servicios, asume una obligación accesoria de seguridad frente a su cliente, que incluye el uso del local. La obligación de seguridad asumida por la entidad bancaria exigía que el usuario o consumidor pudiera hacer uso del local y retirarse del mismo sin daño alguno, ya que le compete a la demandada asumir todas las medidas necesarias a fin de resguardar la seguridad de los usuarios en dicho comercio.
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