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JURISPRUDENCIADaños y perjuicios. Partido de fútbol. Pelota en mal estado. Cosa riesgosa. Culpa concurrente del dueño de la cosa y de la víctima
Se confirma el fallo que distribuyó la responsabilidad en un 20% al club demandado y en un 80% al actor por las lesiones sufridas por el último en un partido de fútbol, pues por un lado la pelota tenía un casco roto o desprendido, verificándose una irregularidad que alteraba su forma propia, tornándose más incontrolable por ello y peligrosa al perder la simetría, considerándola una cosa viciosa o riesgosa; y por el otro, el actor se expuso voluntariamente a una situación de peligro al practicar un deporte de contacto físico, padeciendo una alta miopía congénita que le provocaba una visión bulto dificultosa.
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