Tiempo estimado de lectura 9 minutos
Mis documentos Documentos Relacionados
Acreditado que tres de los actores recibieron la misiva rupturista fundada en el art. 247, LCT en fecha 02/04/2020 y uno de ellos fue notificado del despido por whatsapp el día 01/04/2020, se estima que existe probabilidad cierta respecto del derecho invocado por las partes. Se evidencia en forma palmaria que el modo de extinción del vínculo laboral dispuesto respecto de los trabajadores se encuentra expresamente vedado por el art. 2, DNU 329/2020 (publicado en el B.O. el 31/03/2020) y dado el carácter recepticio de las notificaciones, los respectivos distractos se consumaron estando vigente
Para continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.