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JURISPRUDENCIADespido. Vigilador. Enfermedad laboral. Período de reserva de puesto. Licencia por enfermedad. Tasa de interés
Se modifica el capital de condena de la sentencia que admitió el pago de las indemnizaciones derivadas del despido indirecto en el que se colocó un trabajador (vigilador), al concluirse que ante el cuadro de salud que presentaba, la prudencia y la buena fe imponían a la demandada el recurso a una tercera opinión médica, ya que a la de su servicio de medicina laboral se contraponía la opinión del profesional de la salud que trataba el cuadro del trabajador. Así, lo expuesto implicaba ponderar -al mismo tiempo- que a la época de la disonancia bajo examen ya había comenzado a transcurrir el período de reserva de puesto, licencia
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