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JURISPRUDENCIAFiliación. Falta de reconocimiento voluntario. Acción de daños y perjuicios
Se confirma la sentencia que acogió la demanda de filiación y daños y perjuicios por la suma de ($ 2.500.000), al resultar indudable el sufrimiento que el actor padeció a partir de la falta de reconocimiento paterno, pues de la prueba surgía que el demandado siempre supo que era el progenitor de aquel y que voluntariamente no quiso reconocer a su hijo, constituyendo una conducta antijurídica que generó el daño genérico a la identidad al proyecto de vida. En ese sentido, debe valorarse que el derecho transgredido era su derecho filiatorio, el cual resultaba una de las instituciones más importantes en el derecho de familia, pues este comprendía el derecho a la identidad, el desconocimiento del estado de familia, la frustración del proyecto de vida, la verdad biológica, la formación de la personalidad y el afecto paterno-filial, sostén que todo padre debe dar a su hijo.
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