Tiempo estimado de lectura 17 minutos
Mis documentos Documentos Relacionados
El Juzgado Nacional de 1a Instancia en lo Civil Nro. 99, en los autos “Giampaoli, Facundo Martin c. Provincia Art S.A. s/ Cobro de honorarios profesionales” declaró la inconstitucionalidad del art. 2° del DNU N°157/2018 e hizo lugar a la demanda de un letrado contra “Provincia ART. S.A” por el cobro de honorarios profesionales por su intervención en comisiones médicas.
El letrado inició la demanda contenciosa administrativa ante la “Comisión Médica Nº10” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para determinar la incapacidad derivada del siniestro sufrido por su cliente. Dicha demanda tuvo favorable acogida a través del dictamen médico de fecha 21/12/2018 donde la Comisión Médica interviniente resolvió aceptar como enfermedad laboral la contingencia denunciada.
Luego de analizar la Ley 27.423 y el respectivo decreto se indicó que “Es evidente entonces la contradicción entre el art. 1 de la ley 27423 que establece la regulación de honorarios por la actividad judicial, extrajudicial y administrativa; y el art. 2 del decreto 157/18 que se encarga de declarar la inaplicabilidad de la ley a
Para continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.