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JURISPRUDENCIAImpugnación de paternidad. Uso del apellido. Verdad jurídica objetiva. Posesión de estado. Derecho a la identidad. Costas
Se hace lugar a la impugnación de estado filial interpuesta y se ordena la supresión del apellido paterno respecto del hijo demandado, en la medida en que no se hallaron razones de más peso para sostener el mantenimiento del uso de un apellido basado solo en una ficción o en su histórico uso, cuando se comprobó que no se ajustaba a la verdad del vínculo biológico, máxime si nunca existió posesión de estado de hijo. Asimismo, se impusieron las costas por su orden respecto de la acción incoada contra el hijo, mientras que las costas fueron impuestas en su totalidad a la madre en la demanda entablada contra la exesposa, atenta su conducta altamente reprochable de ocultarle al hijo su verdadera identidad.
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