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JURISPRUDENCIAIncapaces. Libre determinación de voluntad. Ventaja patrimonial
Se resuelve hacer lugar al recurso por cuanto de acuerdo con los elementos probatorios incorporados a la causa, adquiere cierta verosimilitud lo siguiente: a) La explotación de la necesidad, ligereza o inexperiencia de uno de los presuntos contratantes privado de discernimiento; b) Ventaja patrimonial desproporcionada y sin justificación del otro cocontratante (hipotético comprador en el caso); c) desproporción manifiesta en el momento de la supuesta celebración del acto y subsistente con posterioridad.
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