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JURISPRUDENCIAIncidente de nulidad. Verdad jurídica objetiva. Cosa juzgada. Revisión de la cosa juzgada
Se revoca la resolución apelada que anuló la sentencia firme dictada, en cuanto allí se había comprobado que efectivamente el dinero depositado no estuvo disponible oportunamente para la actora en atención al mal depósito realizado por el deudor, al concluirse que se trató de una circunstancia que las partes conocían o pudieron conocer desde el momento en el que fue realizado el depósito por la aseguradora, y estuvieron en condición de enmendar en múltiples oportunidades mediante realización de peticiones útiles o la interposición de los recursos pertinentes.
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