Tiempo estimado de lectura 36 minutos
Mis documentos Documentos Relacionados
JURISPRUDENCIAMedida cautelar. Admisibilidad. Requisitos. Educación pública. Derecho a educación. Derecho del niño. Jardín de infantes
Se concede la medida cautelar solicitada por los actores y, en consecuencia, se ordena al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires -Ministerio de Educación- que en el plazo de 24 h otorgue a la parte actora, mediante depósito judicial, la suma de dinero indicada en la sentencia para que su hijo acceda a una vacante en el establecimiento de gestión privada y, asimismo, sufrague todos aquellos gastos ordinarios y corrientes que la institución demande a esos fines y sean debidamente acreditados en el expediente. Para decidir así, se dijo que el sistema de inscripción online de vacantes falló con respecto al menor y, por ende, el Estado debía sufragar los costos por dicha falta.
Para continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.