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JURISPRUDENCIAProcedimiento laboral. Accidente de trabajo. Competencia. Conexidad
Se declara la competencia de la Justicia Nacional del Trabajo para entender en una demanda por un accidente de trabajo, pues, pese a que no se cumple ninguno de los supuestos de la competencia territorial establecidos por el artículo 24 de la ley 18435, al existir conexidad con el expediente relacionado con el despido del trabajador se genera una excepción al principio general con fundamento en la conveniencia de concentrar ante un solo tribunal todas las acciones que se hallen vinculadas por la misma relación jurídica.
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