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Corresponde hacer lugar, parcialmente, a un pedido de disminución de cuota alimentaria formulado por una abuela paterna que está jubilada, y no puede generar ingresos adicionales, toda vez que en estos casos, hay que buscar una solución jurídica que permita equilibrar los dos intereses en juego: por una parte, los derechos alimentarios de la nieta y, por la otra, los de la abuela, en su calidad de adulta mayor, que también requiere una protección especial.
Fallo completo: aquí
G., M. N. y otro s/ solicita homologación
SENTENCIA
24 de Noviembre de 2020
JUZGADO DE FAMILIA 2DA NOMINACION. CORDOBA, CÓRDOBA
Magistrados: Gabriel Tavip